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Cosmética y dermocosmética

Cosmética y dermocosmética

Acompañamos a marcas y laboratorios de cosmética, dermocosmética y nutricosmética: notificación CPNP, etiquetado, claims y respuesta a inspecciones en la UE.

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23

mercados UE / EEE cubiertos

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100

marcas asesoradas internacionalmente

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1.200

complementos revisados / notificados

ANATOMÍA REGULATORIA

Un cosmético no es un producto: son seis decisiones

Fórmula

Ingredientes

Dosis

Claims

Etiquetado

Presentación

01

Fórmula

Ingredientes permitidos, restringidos o prohibidos según los anexos del Reglamento 1223/2009.

02

Seguridad

Evaluación de seguridad y expediente del producto (PIF), disponibles antes de vender.

03

Responsable

Una persona responsable establecida en la UE responde del producto ante las autoridades.

04

Claims

Qué efecto se puede atribuir y con qué pruebas, sin cruzar la frontera del medicamento.

05

Etiquetado

Menciones obligatorias, lista de ingredientes INCI, precauciones e idioma de cada mercado.

06

Presentación

Formato, canal y público: la dermocosmética de farmacia y la venta en Amazon se leen distinto.

Técnica con bata revisando un bote de complemento alimenticio y su ficha en la tableta antes del lanzamiento

LA DIFERENCIA

No tramitamos. Decidimos.

Entre la norma y la decisión hay tres capas: interpretación, práctica administrativa y riesgo.


01

Norma

Qué dice el reglamento europeo y qué añade la norma nacional.

→


02

Interpretación

Cómo lo lee cada autoridad, que no siempre es como está escrito.

→


03

Práctica administrativa

Qué hace de verdad ese organismo con expedientes como el tuyo.

→


04

Riesgo

Qué probabilidad hay de requerimiento y cuánto costaría.

→


05

Decisión

Qué hacemos, en qué orden y por qué.

EL CICLO REGULATORIO

El ciclo regulatorio de un cosmético

Un cosmético no se notifica y ya está: vuelve a pasar por las mismas decisiones cada vez que cambia la fórmula, el claim, el envase o el mercado.


01


Validar

¿Puede venderse este cosmético? Ingredientes, seguridad y expediente frente al reglamento europeo.


02


Definir

Qué se dice, cómo se etiqueta y con qué pruebas. Aquí se cierra el claim.


03


Lanzar

Notificación en el CPNP y persona responsable designada antes de la primera venta.


04


Comercializar

Campañas, web, marketplace. Todo lo que se comunica vuelve a ser regulatorio.


05


Expandir

El siguiente mercado: la misma notificación europea, pero el idioma y la práctica de cada país.


06


Defender

Requerimiento, inspección o bloqueo. Y la lección vuelve al punto 01.

↺ y vuelta al 01


DESPLAZA EN HORIZONTAL →

Técnica con bata revisando un bote de complemento alimenticio y su ficha en la tableta antes del lanzamiento

EXPERIENCIA REAL

La experiencia enseña lo que la norma no dice


Qué se bloquea

Los motivos de requerimiento en cosmética se repiten. Los revisamos antes de notificar.



Qué pasa igual

El mismo claim que aquí se discute, en otro mercado se acepta sin más.



Cuánto tarda

No lo que dice el plazo oficial: lo que tarda de verdad ese organismo.

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Cuéntanos el caso y te decimos qué decisión estás afrontando.

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